III.1.1. Psicología de la dimensión realidad-irrealidad

En su función comandadora de la vida psíquica, el Yo se instala en la realidad, manejándola. La calidad de este manejo depende de la indemnidad de lo que hemos llamado principio de realidad, el cual no es sino la resultante de la integración de las polaridades realidad-irrealidad

Función de realidad normal

Queremos señalar cómo la integración de un sano irrealismo nos permite vivir más tranquilos y confiados frente a situaciones que, por lo grave que son, deberían mantenernos amargados. Es la integración de la lógica del mundo interno, de la irrealidad donde las cosas pueden ser y no ser a la vez, lo que nos permite apostar a que aquello no sucederá o no tiene inminencia, sin más detención ni análisis en el problema. 

El Yo debe ser capaz de separar lo que acontece en su vida interna —imaginaciones, sentimientos, deseos, fantasías y ensueños— de aquello que acontece en el mundo externo real, lo que son las cosas, objetos y personas que lo rodean. Al mismo tiempo, es capaz de delimitar este juego real-irreal con relación a sí mismo: qué es aquello que él es; cuáles son sus límites; cuál es su real existencia, su continuidad, su unidad, su propia pertenencia, su salud y su corporalidad.

Expresiones de la funcionalidad yoica con relación al principio de realidad son el manejo y control de la realidad que reflejan una adecuada percepción de ella. Cuando se compromete este criterio, que examina fundamentalmente las conductas del sujeto, el manejo de la realidad es muy contradictorio, auto y heterodestructivo. 

Es muy importante diferenciar entre el “Principio de realidad“, función yoica que se constituye dinámicamente y se expresa a través de la dimensión realidad-irrealidad, y el “Juicio de realidad” como función del pensamiento. El principio de realidad, es una función yoica que se ve afectada cuando se compromete su estructura u organización.

Juicio de realidad

El juicio de realidad de un sujeto se comunica fundamentalmente a través de sus ideas. Son las ideas —en otras palabras, el pensamiento— las que nos permiten evaluar el juicio de realidad de una persona. Pero en la elaboración de este juicio participan también los elementos del vivenciar, los instrumentos del vivenciar y, por supuesto, el Yo.

En cada vivencia que experimentamos, todas las funciones de la mente están íntimamente relacionadas. Así como el estado afectivo en un momento dado determina en cierto grado la percepción, el pensamiento y, por ende, el juicio de realidad, así también la estructura y organización del Yo van a orientar la percepción y el juicio de realidad.

Principio de realidad

A la vez, un compromiso grave del principio de realidad puede llevar a un trastorno del pensamiento y, por ende, del juicio de realidad. En este caso, el principio de realidad está tan gravemente alterado que compromete el pensamiento, surgiendo así las ideas delirantes. 

Consideramos que el trastorno del juicio de realidad es un trastorno del pensamiento. Su alteración puede no provenir necesariamente de un trastorno del Yo. 

Lo que queremos enfatizar es que el juicio de realidad se ubica en la categoría de los elementos del vivenciar, y se hace sintomático cuando se ve afectado el pensamiento desde cualquier vía.

En este capítulo nos enfocaremos en el principio de realidad, el cual se expresa fenomenológicamente en tres niveles: un primer nivel que denominamos apreciación de realidad; un segundo nivel que llamamos sentido de realidad; y un tercer nivel llamado juicio de realidad

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